DocenteJorge Ignacio Tamayo


DocenteCesar Augusto Bedoya

Es la obligación que tiene el Estado de reparar los daños causados por el actuar de sus entes u órganos, o por causa de sus funcionarios, en el ejercicio de la función pública, de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico.

DocenteJuan Fernando Cardona

La reparación del daño es una  obligación impuesta al individuo a resarcir los daños a favor de la víctima u ofendido, y toda víctima de violación a derechos humanos o por la comisión del delito tiene derecho a la reparación del daño de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva, pudiendo solicitarlo directamente al órgano jurisdiccional, sin perjuicio de que el Ministerio Público lo solicite de oficio de acuerdo con el numeral 109 fracción XXV del Código Nacional de Procedimientos Penales, artículo 17 párrafo quinto y 20 Constitucional apartado C fracción IV.

DocenteGustavo Adolfo Bedoya


DocentePablo Ochoa

La ley establece la contratación de un seguro de responsabilidad civil, más conocido como seguro contra terceros y es el que te brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito.