Docente: Juan Fernando Cardona
La reparación del daño es una obligación impuesta al individuo a resarcir los daños a favor de la víctima u ofendido, y toda víctima de violación a derechos humanos o por la comisión del delito tiene derecho a la reparación del daño de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva, pudiendo solicitarlo directamente al órgano jurisdiccional, sin perjuicio de que el Ministerio Público lo solicite de oficio de acuerdo con el numeral 109 fracción XXV del Código Nacional de Procedimientos Penales, artículo 17 párrafo quinto y 20 Constitucional apartado C fracción IV.
Docente: Pablo Ochoa
La ley establece la contratación de un seguro de responsabilidad civil, más conocido como seguro contra terceros y es el que te brinda cobertura frente a daños físicos y materiales ocasionados a otras personas, transportadas o no, como consecuencia de un accidente de tránsito.