La responsabilidad contractual tiene su origen un contrato que ha sido firmado por dos partes, y una de ellas incumplen con las obligaciones que asumió, causando un perjuicio o daño a la otra. En consecuencia, quien sea responsable de causar el daño o perjuicio, debe compensar o indemnizar a la otra parte.
Docente: Juan Fernando Cardona
Es la obligación que tienen las personas (naturales y/o jurídicas) de resarcir los daños y perjuicios causados como producto de la ejecución de un acto o de la ocurrencia de un hecho, sin que exista la relación o nexo contractual anterior entre quien debe asumir el pago de la indemnización (por haber provocado directamente el daño o por tener que responder por él) y la víctima o perjudicado del mismo.